miércoles, 15 de marzo de 2017

El escritor y Hacienda

Quien dijo que ser autor era un camino de rosas..., mentía. Bueno, ¿acaso alguien lo dijo? Creo que no.
Porque, amigos, ser escritor no resulta sencillo. Y no, no me refiero al hecho de crear una historia y darle vida, sino a lo que viene a continuación: revisar el contenido, registrar la obra, buscar editoriales o agente, enviar y la siempre ardua espera que le sigue.
Pero ¿es eso lo que más nos debería preocupar? No. Lo que muchas veces no se tiene en cuenta es lo más básico: 
¿Debemos responder ante alguna institución? 
La respuesta es sí. Ante Hacienda (y puede que ante la Seguridad Social, pero de eso ya hablaremos).
Lo más básico, lo que debemos hacer para no encontrarnos con problemas el día de mañana de cara a Hacienda es darnos de alta en el IAE (Impuestos de Actividades Económicas).
En mi caso, como mis ganancias a nivel literario provienen únicamente de lo que percibo por los derechos de autor previamente acordados mediante la firma de un contrato editorial, estoy exenta de IVA.

Exento de IVA. ¿Qué significa eso?
Que si publicamos por cuenta ajena (con editor y contrato) y no somos bestseller que ingresamos miles de euros anuales, no debemos temer.

¿Qué hacer?
Solicitar el modelo 037, conocido como declaración censal simplificada. 
[PDF del modelo 037]
Lo sé, asustan el número de hojas y la terminología empleada en ellas, pero tranquilos, los amables trabajadores de Hacienda estarán encantados de ayudarnos (y no, no va con ironía, he tenido la suerte de encontrar varios funcionarios que me han aconsejado en cada momento y no han puesto objeciones a la hora de mis mil y una dudas. Por triplicado).

¿CÓMO SE RELLENA?

1. CAUSAS DE LA PRESENTACIÓN:
  • Marcar: Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
2. IDENTIFICACIÓN:
Datos personales:
  • Nombre y apellidos.
  • DNI.
  • Domicilio.
  • Teléfonos.
  • Correo electrónico.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:
  • Marcar: 609. Estimación directa simplificada.
4. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO:
  • ¿Realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que no obligan a presentar autoliquidación periódica?: Marcar Sí.
5. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA:
En mi caso, lo hemos dejado en blanco, previa indicación del funcionario.

6. DECLARACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS:
A. ACTIVIDAD:
  • Descripción de actividad: Escritor.
  • Epígrafe de actividad: 861.
  • Código de actividad: A05.
B. LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD:
  • La actividad se desarrolla fuera de un local determinado.
  • Causa de la presentación: Alta.
  • Fecha: la del día en que procedas al alta.
LUGAR, FECHA Y FIRMA:
Creo que esto no necesita explicación.

¿Qué no vale?
Publicar bajo términos de autoedición, lo que incluye plataformas como Amazon, que, pese a lo que muchos pensábamos, de cara a Hacienda y la Seguridad Social es solo un intermediario. Somos nosotros, los autores que colgamos nuestras novelas en las mentadas plataformas, los que, según sus palabras, «ejercemos de editores, lo que conlleva otro epígrafe» y, aunque suene algo loco, el alta en autónomos.
Y repito, de nuevo hay mucha discrepancia en este tema. Donde uno dice blanco, otro dice negro. Pero lo que comparto en esta entrada es lo que he sacado en claro de la fuente: Hacienda.
Muchos dirán que no pasa nada, que puede ser. Otros asegurarán que en absoluto es necesario, eso ya he aprendido que no es así. ¿Podemos publicar por cuenta propia sin que eso nos perjudique a nivel legal? Sí. ¿Debemos hacerlo sin rendir cuentas? No. Y ahora viene lo mejor, ¿por qué no? Porque al igual que puede que no suceda nada, también cabe la posibilidad de que surja una inspección (¿remota?, nadie dice lo contrario, pero no imposible). Y, eso es seguro, si no está todo en regla..., la cosa no acabará bien. Quizá no culmine como una tragedia griega, pero puede aumentar las pulsaciones.

¿Y ahora qué?
Cuando llegue el momento de hacer la declaración anual de la RENTA:
  • Deberemos presentar las facturas emitidas a lo largo de ese periodo (en las facturas tendremos que aplicar la correspondiente retención de IRPF. Además, todas ellas deben ser correlativas).
  • Tendremos la posibilidad de desgravar al presentar facturas de las compras de productos que tengan que ver con nuestra actividad: ordenadores de sobremesa, portátiles, utensilios de oficina tales como tinta de impresora, etc., así como las de todos aquellos gastos derivados de, por ejemplo, un desplazamiento para algo relacionado con nuestra actividad: transporte, alojamiento y comida para un evento literario. Es importante solicitar las facturas correspondientes para poder presentarlas al hacer la declaración.
Y termino con algo que, quizá, contradiga en parte todo lo anterior. Antes de hacer nada, contactad con un gestor, pedid cita en Hacienda y en la Seguridad Social; informaos en función de vuestro caso. La fiscalidad del autor es algo que no está del todo asentado, hay muchas lagunas y leeréis multitud de versiones, porque así funciona a día de hoy.

Con esto solo espero compartir mi experiencia. Espero que os sirva de ayuda.

ENLACES DE INTERÉS:
Os animo a visitar otras entradas de interés como las del autor Javier Pellicer.
Web de Hacienda.
Web de la Seguridad Social.

4 comentarios:

  1. Utilísima entrada! Yo además tengo familiares que trabajan en ventanillas de hacienda y puedo añadir a tu entrada, si me lo permites, algo sobre las inspecciones en base a su experiencia: de un tiempo a esta parte se están endureciendo para pymes, y sobre todo en delegaciones provinciales pequeñas o de áreas despobladas. Si no estás registrado como autónomo es más difícil que te tengan en cuenta para inspección porque no figuras de la misma forma, pero la posibilidad está ahí. Y en caso de que te toque y no hubieras pagado como tu aquí explicas, habrá que pagar ese IVA atrasado de hasta los 4 años anteriores, y además la sanción por el atraso en el pago.

    ResponderEliminar
  2. Hola Lucía,
    Me ha gustado mucho tu entrada porque he conocido muchas cosas que no tenía ni idea. Me parece una entrada muy útil porque siempre vemos el lado "bonito" de las cosas.
    Un beso

    ResponderEliminar
  3. Toda esta información es genial. Muchas gracias por compartirla, igual algún día me hace falta. Gracias de verdad, me quedo por aquí.

    Besos,

    Bibiana.

    ResponderEliminar

¡Gracias por dejar vuestro comentario u opinión! Recordad siempre redactarlo desde el respeto al espacio y todos los participantes.

Podéis leer el Aviso legal en la pestaña correspondiente situada en la parte superior de la página para conocer el tratamiento de vuestros datos personales.